Incentivos fiscales a la innovación empresarial. Hasta un 62% de retorno y muchas empresas no lo saben

Si piensas que innovar es solo dedicarse a proyectos tecnológicos o tener equipos e instalaciones de última generación, estás equivocado. Muchas empresas que aplican ideas y soluciones novedosas para ganar en competitividad desconocen que son innovadoras. Y con ello, que tienen acceso a una serie de incentivos fiscales a la innovación empresarial. Te contamos cuáles y cómo pedirlos.

Con el fin de promover el desarrollo del tejido empresarial español, la Administración ofrece una serie de deducciones o incentivos fiscales a la innovación que son extensibles tanto a grandes empresas como a PYMES. 

En Bálamo Legal & Fiscal contamos con una amplia cartera de clientes con proyectos de I+D+i a los que asesoramos al respecto, pero ¿sabías que muchas empresas todavía desconocen que pueden acceder a estos incentivos porque aún no saben que están innovando?

En el siguiente artículo te explicamos si tu empresa puede optar a estos incentivos, en qué consisten y qué hay que hacer para pedirlos. 

¿Qué empresas pueden tener beneficios fiscales a la innovación?

Antes de explicar en qué consisten estos incentivos fiscales a la innovación empresarial, en Bálamo Legal & Fiscal queremos hacer hincapié en qué empresas pueden acceder a los mismos.

El motivo es muy simple: muchas empresas creen que para poder catalogarse como innovadoras, deben dedicarse a las últimas tecnologías, disponer de un potente equipo técnico, instalaciones vanguardistas o departamentos dedicados exclusivamente a la innovación en ámbitos como la biotecnología, la biomedicina, las comunicaciones, las energías renovables, la eficiencia energética o la sostenibilidad. Pero NO.

Por explicarlo de una manera simple, una empresa innovadora es aquella que genera y aplica (o aplicará en un futuro cercano) soluciones creativas y novedosas en sus productos, servicios, modelos de negocio o en sus procesos internos, mejorando su competitividad y su factor diferenciador en el mercado. Por poner dos ejemplos, una empresa de informática que prepara programas o softwares personalizados para cada cliente, o una empresa de fabricación de productos -por ejemplo, tapones de botellas de champú- que desarrolla un cambio en su proceso de fabricación que le permite abaratar costes o mejorar la calidad del producto final.

Y ahí está la clave. Un gran número empresas, especialmente PYMES, realizan de manera frecuente estas prácticas, pero no las catalogan como innovadoras y por tanto ni siquiera intentan acceder a dichas deducciones fiscales a la innovación. 

¿Cuáles son los incentivos fiscales a la innovación?

Básicamente, los incentivos fiscales a la innovación empresarial son: 

  • Deducciones en el Impuesto sobre Sociedades
  • Bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social por personal investigador

Deducciones en el Impuesto sobre Sociedades

Reguladas en los artículos 35 y 39 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, estos incentivos permiten deducir las siguientes cantidades:

  • El 25% de los gastos dedicados a investigación y desarrollo (I+D).
  • El 12% de los destinados a innovación tecnológica (iT).
  • El 8% de las inversiones en inmovilizado material e intangibles afectas a actividades de I+D

Además, la tasa de deducción de los gastos dedicados a I+D se ve incrementada hasta el 42% cuando el gasto en innovación crece y supera la media de los dos últimos años. 

Es decir, que una empresa, sea gran empresa o PYME, podría obtener un retorno de hasta el 62% del gasto en sus proyectos innovadores. Además, las cantidades no deducidas cada ejercicio, bien por insuficiencia de cuota o por haberse superado los límites, pueden aplicarse en las liquidaciones de los siguientes 18 años.

Bonificaciones sobre la cuota a la Seguridad Social por personal investigador

Reguladas por el Real Decreto 475/2014, de 13 de junio, sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador, suponen el 40% de las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes. 

Tienen derecho a dichas bonificaciones los trabajadores con un contrato mínimo de 3 meses e incluidos en los grupos 1, 2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social que se dediquen de manera exclusiva y durante la totalidad de su trabajo en la empresa, a actividades de investigación, pudiendo destinar un 15% de ese tiempo a labores de formación, divulgación o similares. 

¿Cómo pedir las deducciones por empresa innovadora?

Para solicitar los incentivos fiscales por innovación empresarial es necesario presentar toda la documentación requerida junto a la declaración de impuestos.

Dado que el retorno puede ser de hasta un 62% del gasto en innovación, en Bálamo Legal & Fiscal recomendamos encarecidamente contactar con expertos en deducciones fiscales por innovación.

Como especialistas en asesoramiento legal y fiscal a empresas, nuestro equipo le indicará si su empresa puede optar a los incentivos fiscales por innovación y le asesorará sobre los posibles cambios o medidas que su empresa puede tomar para acceder a más y mejores deducciones. Y por supuesto, le guiaremos en todo el proceso de presentación y documentación para asegurar que la solicitud llegue a buen término sin errores ni retrasos.

No dudes en contactarnos  en los teléfonos 924 111 903, 927 697 000 o en el mail clientes@balamo.legal y evaluaremos tu empresa y su accesibilidad a incentivos fiscales por innovación empresarial.