Profesores interinos de FP excluidos de las listas en Extremadura tras décadas de servicio: ¿qué pueden hacer?

profesores interinos FP Extremadura

En Extremadura, un grupo de profesores interinos de Formación Profesional atraviesa una situación extremadamente delicada: después de décadas trabajando al servicio de la Administración educativa extremeña, han sido excluidos de las listas de espera por no disponer de la titulación universitaria que ahora se exige para determinadas especialidades.

No hablamos de docentes recién incorporados al sistema. En algunos casos, se trata de profesionales con más de 30 años de servicio ininterrumpido, que han desarrollado prácticamente toda su vida laboral en centros públicos de Extremadura y que ahora, próximos a la jubilación, pueden quedar fuera del sistema en el que han trabajado durante toda una vida.

La modificación del régimen de los antiguos Profesores Técnicos de Formación Profesional ha generado problemas similares en distintos puntos de España. Sin embargo, la respuesta no ha sido la misma en todas las Administraciones.

Un cambio normativo con consecuencias especialmente duras en Extremadura

La declaración del antiguo Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional como cuerpo a extinguir y la integración de buena parte de sus especialidades en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria han supuesto un cambio importante en los requisitos de acceso, en el marco de la Ley Orgánica 3/2020 y del Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre.

Durante décadas, muchos de estos profesionales pudieron acceder legalmente a la docencia con titulaciones de Formación Profesional. La Administración los incorporó a sus listas y contó con ellos curso tras curso mediante nombramientos interinos, cubriendo vacantes y sosteniendo necesidades durante años.

No estamos, por tanto, ante personas que hayan accedido al sistema al margen de las reglas. Han trabajado durante años porque la propia Administración los consideró aptos y necesarios para prestar el servicio público educativo.

Tras la reforma, determinadas especialidades exigen una titulación universitaria para integrarse plenamente en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria. En Extremadura, el Decreto 70/2023, de 21 de junio, estableció una exención transitoria hasta el 19 de enero de 2026 y, superado ese límite, quienes no acrediten la titulación exigida resultan excluidos de las listas, sin perjuicio del mantenimiento del nombramiento vigente hasta su extinción.

El efecto práctico es especialmente severo: docentes con décadas de servicio se han visto privados, de forma abrupta, de la posibilidad de seguir siendo llamados. Para quienes están próximos a la jubilación, una decisión de exclusión tiene una repercusión profesional, económica y personal extraordinaria.

En otras Administraciones se han buscado soluciones: Ceuta, Melilla y La Rioja

La reforma normativa es estatal, pero sus efectos no se han gestionado de la misma forma en todo el territorio. Otras Administraciones han articulado mecanismos para evitar que docentes con décadas de experiencia quedaran automáticamente fuera del sistema por carecer de la nueva titulación universitaria.

Así, en Ceuta y Melilla la Orden EFP/529/2023 permitió que determinados interinos que ya formaban parte de las listas y acreditaban experiencia docente pudieran permanecer en ellas y continuar siendo nombrados en el cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. En La Rioja, en diciembre de 2025, se creó una lista de interinidad de la especialidad de Equipos Electrónicos vinculada expresamente a ese cuerpo a extinguir.

Estos precedentes, aunque no vinculan a la Administración extremeña, muestran que la reforma no conducía necesariamente a una única solución. Por ello, ante profesionales con décadas de servicio y, en muchos casos, próximos a la jubilación, cabe preguntarse si la exclusión absoluta aplicada en Extremadura era la única respuesta jurídicamente posible o si podían haberse adoptado fórmulas transitorias de continuidad menos gravosas.

¿Puede recurrirse la exclusión?

Sí, la exclusión de las listas puede recurrirse. La existencia de una norma que establece nuevos requisitos no convierte automáticamente en incuestionable cualquier decisión administrativa dictada en su aplicación.

Cada expediente debe estudiarse de forma individualizada. La antigüedad del docente, su titulación, las especialidades, la sucesión de nombramientos, su posición histórica en las listas y la forma concreta en que se ha producido la exclusión pueden resultar relevantes.

También debe analizarse si la Administración ha motivado suficientemente la decisión, cómo ha aplicado el régimen transitorio y si existían alternativas jurídicamente posibles menos gravosas. Por ello, la exclusión de las listas puede ser objeto de recurso.

El problema puede no terminar con la exclusión de las listas: cese y abuso de temporalidad

La exclusión puede ser solo el primer paso. Si esa decisión provoca posteriormente el cese, impide acceder a nuevos nombramientos o pone fin a una relación profesional mantenida durante décadas, será necesario analizar también esas actuaciones y sus consecuencias.

Además, en muchos expedientes aparece otra cuestión: la utilización prolongada de la temporalidad por parte de la Administración. Cuando una persona ha prestado servicios durante veinte o treinta años mediante sucesivos nombramientos, debe analizarse qué necesidad estaba cubriendo y si era coyuntural o, por el contrario, permanente o estructural.

El abuso de temporalidad no puede presumirse únicamente por el paso del tiempo ni genera automáticamente una indemnización. Pero cuando hablamos de trayectorias profesionales de varias décadas, es una cuestión que jurídicamente no puede ignorarse.

BÁLAMO LEGAL & FISCAL asume la defensa de parte del colectivo afectado en Extremadura

Desde Bálamo Legal & Fiscal hemos asumido la defensa coordinada de parte del colectivo de profesores interinos de Formación Profesional afectados por estas exclusiones en Extremadura.

Nuestro equipo, especializado en Derecho Administrativo y empleo público, está analizando individualmente cada expediente y planteando las actuaciones necesarias frente a las resoluciones de exclusión, un eventual cese y, cuando proceda, una posible situación de abuso de temporalidad.

Aunque el problema es común, cada trayectoria profesional exige un estudio propio: especialidades, titulaciones, nombramientos y años de servicio no son iguales en todos los casos.

En algunos de los expedientes hablamos de más de treinta años al servicio de la Administración educativa extremeña.

La forma en que un cambio normativo afecta a quienes han desarrollado toda su vida profesional dentro del sistema también está sometida al Derecho y puede ser revisada.

Y cuando otras Administraciones han articulado fórmulas de continuidad, existen razones suficientes para analizar con todas las garantías la solución adoptada en Extremadura.