Protocolo en el ámbito mercantil para exonerar las deudas sin exclusión del Crédito Público

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La decisión tomada en el Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla persigue evitar situaciones que supongan un obstáculo a la aplicación La Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019 establece la obligación de los Estados miembros de velar por que los empresarios insolventes tengan acceso al menos a un procedimiento que pueda desembocar en la plena exoneración de deudas

La Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019 sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimiento de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 (Directiva sobre reestructuración e insolvencia), tiene como finalidad contribuir al correcto funcionamiento del mercado interior y eliminar los posibles obstáculos que dificultan y/o impiden el ejercicio de las libertades fundamentales, todo ello bajo el respeto de los derechos fundamentales y libertades de los trabajadores, garantizando, así, que empresas y empresarios con una complicada situación financiera, accedan a marcos nacionales efectivos de reestructuración preventiva que les permitan continuar su actividad, esto es, que los empresarios de buena fe insolventes o sobreendeudados puedan disfrutar de la plena exoneración de sus deudas tras un periodo razonable de tiempo, lo que les ofrecería una segunda oportunidad.

Cualquier operación de reestructuración debe estar basada en un diálogo con los interesados, en el que se deberá plantear tanto lo referido a la elección de las medidas previstas en relación con los objetivos de la operación de reestructuración, como las opciones alternativas, y también, debe existir una adecuada participación de los representantes de los trabajadores.

La reestructuración debe permitir a los deudores con una delicada situación financiera continuar con su actividad empresarial, en su totalidad o en parte, siendo necesario para ello llevar a cabo una serie de modificaciones en la composición, las condiciones o la estructura del activo y del pasivo o de cualquier otra parte de su estructura de capital, así como realizando cambios operativos.

En definitiva, los marcos de reestructuración preventiva pretenden favorecer y permitir la reestructuración efectiva de los deudores en un momento temprano y evitar la insolvencia, limitando así la liquidación innecesaria de empresas viables. Del mismo modo, este sistema preventivo resulta necesario para evitar la pérdida de puestos de trabajo y de conocimientos y competencias y maximizar el valor total para los acreedores, así como para los propietarios y para la economía en su conjunto.